¿Es legal poner cámaras en el interior de la oficina de mi empresa?
Durante el día mientras mis trabajadores están allí.
Gracias.
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Es legal bajo una serie de conceptos.
Siguiendo la LOPD, los sonidos e imágenes son objeto de protección por lo que se deben seguir sus instrucciones para el tratamiento de las mismas.
Por otra parte, el articulo 20 del Estatuto de los trabajadores, permite que la empresa adopte medidas oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso.
En parte esto tiene la limitación a que debe realizarse con la obligación de la emisión de un informe por el Comité de Empresa con carácter previo en lo que respecta a la implantación o revisión de sistemas de organización y control del trabajo.
Realmente, la única forma de videovigilancia justificada es aquella necesaria para cumplir requisitos de producción y seguridad laboral, siempre que se lleve a cabo con las garantías necesarias: advertir a la plantilla -no es suficiente con un cartel- y de explicar en qué casos las grabaciones serán examinadas por la dirección de la empresa y en qué circunstancias las imágenes podrán ser entregadas a las autoridades judiciales. En ningún caso, algo en lo que coinciden la legislación comunitaria y española, se podrían instalar en lugares como baños, duchas, etc.
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8 respuestas:
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Si pueden ponerse cámaras en una oficina. Teniendo en cuenta:
* Dentro de unos límites. Como: cuando no exista otro método factible para el control. No grabar zonas privadas (vestuarios, aseos, zonas de descanso..), teniendo en cuenta los trabajadores minusvalidos
* instalando cartel informativo
*informando direccion sindical
* poniendo a la disposición de los usuarios un documento con informacion del motivo de las grabaciones
* Si las cámaras son para el control de trabajadores debe indicarse esta finalidad
* Deben utilizar contraseñas seguras de acceso a las imágenes
Si ademas realiza grabaciones:
* Debe informarse a la AGPD mediante el servicio NOTA
* Instalar grabador en zona restringida, donde solo puedan acceder personas autorizadas
* No grabar conversaciones privadas
* No grabar más de 30 días
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Hola Felipe, es correcto lo que te comentan el resto de empresas. No olvides, informar y señalizar del CCTV. Saludos
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Es legal, siempre que esté notificado a la Agencia Española de Protección de Datos, esté debidamente señalizado y las cámaras estén colocadas en zonas permitidas. Las cámaras no deben grabar audio para no captar conversaciones particulares.
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Completamente de acuerdo con Prevenhurt
Saludos
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Controlar su empresa mediante cámaras es perfectamente legal. Además desde la Ley Omnibus lo único que tiene que estar homologado es el material que conforme su sistema de video vigiliancia. El único requisito es que advierta de que los usuarios y trabajadores se encuentran en una zona vigilada por cámaras de seguridad y que están siendo grabados. Obviamente excepto vestuarios y servicios, todas las zonas de su empresa pueden ser vigiladas.
Esperamos haber sido de utilidad y haber aclarado sus dudas. No obstante estamos a su entera disposición para cualquier aclaración.
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claro que puede grabar, debe notificarlo mediante la notificación a la agencia española de la protección de datos y comunicar a clientes y empleados mediante la señalización con cartel homologado a la vista de todas las personas que acceden a su oficina.
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Sí, siempre y cuando se cumpla la normativa recogida en la LOPD, además las imágenes sirven ante un Juez.
Reciba mi más cordial saludo.
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Buenos días,
Por supuesto que es legal siempre que cumpla las siguientes condiciones.
La instalación sea por una empresa homologada
Exista en lugar visible un cartel indicativo de que hay cámaras de seguridad
No sea en zonas de reunión para descansos o servicios o lugar donde se cambien
Cumpla las normas de protección de datos en su papeleo de contratación
Espero le sirvan estas explicaciones
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