Legalizar cámaras en chalet privado
¿Qué tengo que hacer y dónde ir para legalizar el sistema?
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Si las camaras están en una vivienda particular y no cogen vía publica. Por ley, no hay necesidad de hacer nada.
Si las camaras estuvieran en una comunidad de propietarios, empresa, etc. pero no conectadas a una central receptora de alarmas, con dar el sistema de alta ante la agencia para la protección de datos según (Según LOPD) suficiente.
Si las camaras, aparte de estar en un local, empresa, etc. estuvieran conectadas a una central receptora de alarmas. Aparte de los tramites según Ley Orgánica para la Protección de datos (LOPD) el sistema de CCTV debe estar instalado por una empresa homologada en seguridad privada.
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11 respuestas:
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Si las cámaras están integradas en un servicio de alarma con conexión a CRA, la empresa instaladora (que debe estar obligatoriamente homologada) le ayudará con las tramitaciones, si éstas fueran necesarias.
Normalmente si el campo de visión de las cámaras no sobresale a vía pública, no es necesario hacer nada, pero si por necesidades técnicas no fuera así, debería consultarlo porque seguramente le obligarán a "tapar" parte del campo de visión en la/s lente/s afectada/s.
Para su caso particular valore también otras opciones de seguridad alternativas (puerta acorazada, bombines electrónicos, etc.).
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Entra en la web de la Agencia de Protección de Datos, rellena el formulario de inscripción del sistema de vídeo-vigilancia, imprímete el tiquet que darán en pdf y mándalo a la dirección que te pide.
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Buenos días Benjamín,
En viviendas particulares no es obligatoria la inscripción en la Agencia Española de Protección de Datos. Al tratarse de un chalet según indica sólo sería obligatorio si alguna de las cámaras detectase/grabase a los vías andantes y/o vecinos.
Saludos
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Hola, nosotros podemos legalizárselo, mándenos los datos del sistema y sus datos personales.
Prodirect Seguridad
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Hola, no te puedo ayudar, nosotros solo realizamos contraincendios. Para temas de cámaras de seguridad tendrías que llamar a alguna empresa especializada y/o a la Agencia Española de Protección de Datos para que te indiquen cómo proceder.
Un saludo.
Claudia
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Buenas tardes, la instalación de un sistema de vídeo vigilancia es completamente legal. Para legalizar, digamos-lo así, solo hay que realizar la inscripción en AEPD, donde se rellena un formulario de inscripción, donde se indica la existencia del lugar de un sistema de vigilancia. Se efectúa en el envió de este y después le notifican que la inscripción esta realizada, con esto es suficiente.
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Buenas tardes, la instalación de un sistema de video es completamente legal, para que este legalizada, digámoslo así, hay que declarar el sistema en la LOP, nada mas por el cual se hace un inscripción de la existencia del sistema video vigilancia.
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Hola,
Tiene que dar de alta la instalación en el registro de la Agencia Española de Protección de Datos.
Un saludo
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En una vivienda particular no hay que dar de alta el fichero en la AEPD.
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Buenos días Benjamín, en principio y si tienes cámaras en un chalet, al considerarse zona privada no hay que certificar la instalación, si te podría venir bien que una empresa te llevara el mantenimiento y puesta en marcha y que una vez al año se puedan revisar las cámaras para el ajuste, limpieza y comprobación del sistema de videograbación. Si quieres nuestra empresa lo podría hacer y si necesitas la puesta en marcha del sistema de cámaras también lo hacemos. Por otro lado, si necesitas carteles disuasorios te los ponemos también.
Protejo, Sistemas de Seguridad.
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Dentro de la parcela se pueden instalar cámaras.
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